jueves. 28.03.2024

El Consell de Govern ha aprobado este viernes la supresión del artículo 10 del Decreto 132/2002, de 25 de octubre, que regula el régimen de funcionamiento del Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) para dar cumplimiento a la sentencia del Tribunal Supremo, resolución que desestima la obligación que hasta ahora tenía el Estado de presentar los textos en castellano y catalán simultáneamente.

Joana Barceló, ha señalado que en estos momentos el Govern está tramitando un nuevo decreto para regular el funcionamiento del BOIB digital, que entrará en funcionamiento en 2011. Este nuevo decreto regulará la obligación lingüística de las administraciones de Baleares.

El Decreto 132/2002 fue objeto de un recurso contencioso administrativo por parte del Estado, que fue desestimado por la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, que declaró que el artículo 10 se adecuaba al ordenamiento jurídico.

No obstante, contra esta sentencia, el Estado interpuso un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, que lo ha estimado anulando el artículo 10 del Decreto. La resolución entiende "que una norma reglamentaria imponga a la Administración General del Estado la carga que sus textos oficiales vendan redactados en las dos lenguas cooficiales y que el envío de ambas versiones sea simultáneo supone interferir en la manera en que aquella tramita sus procesos administrativos o, como mínimo, condiciona el desarrollo de una fase de los procesos".

El Govern aplica la sentencia de TS sobre el uso del catalán en la Administración