viernes. 29.03.2024

La Junta Electoral de las Illes Balears ha dado la razón al Partido Popular en su queja contra la Administración de la Comunidad Autónoma por el mantenimiento de la campaña institucional de “logros” del Govern a través de la página Web ditifet.info. El PP consideraba en dicha queja que la finalidad de la página es la de publicitar y dar a conocer las actuaciones del Govern a lo largo de legislatura, cosa que ha quedado de manifiesto a través de la orden de la Junta. Así, la institución que vela por el cumplimiento de la ley electoral ordena que se suspenda la difusión y se retire y se impida el acceso a la campaña de denominada ‘Dit i fet’, tanto a través de la página con el mismo nombre como en cualquier otra ubicación en Internet o en otra red de intranet que dependa directa o indirectamente del Govern, así como cualquier contenido que recoge dicha página.

En el apartado de Fundamentos de Derecho, la Junta Electoral hace referencia a los apartados 1, 2 y 4 de la Instrucción 2/2011 de 24 de marzo, Instrucción que interpreta el artículo 50 de la LOREG. “Resulta muy indicativo el contenido de la página y su denominación, es decir, ‘Dit i fet’, lo que es alusivo a la consecución de objetivos. Es asimismo indicativo del contenido de la página el hecho de que esta haga referencia nada más a cuestiones conseguidas durante los años comprendidos entre 2007 y 2010”, afirma textualmente la Junta.

“Eso, en periodo electoral, equivale a publicitar, a través de un medio tan poderoso como Internet, las ‘realizaciones’ o ‘logros’ a los que se refiere el artículo 50.2 de la LOREG precisamente para “prohibirlos” desde “la convocatoria de las elecciones y hasta la celebración de las mismas”.

Otro argumento de la Junta Electoral es que en periodo electoral los poderes públicos que han convocado las elecciones no pueden ampararse en el artículo 20 de la Constitución española, “como se sostiene en la página Web denunciada, por impedirlo el artículo 50.1 y 50.5 de la LOREG, en la medida en que aquellos sólo pueden realizar una campaña institucional ‘destinada a informar a los ciudadanos sobre la fecha de la votación, el procedimiento para votar y los requisitos y trámites del voto por correo”.

La Junta Electoral obliga al Govern a suspender la difusión y retirar la Web ditifet.info