sábado. 20.04.2024

José Ramón Bauzá, no estaba autorizado por el Consell de Govern para interponer una demanda civil contra el secretario general de UGT, Lorenzo Bravo, ni contra el sindicato que representa, por lo que el Juzgado de Primera Instancia número 4 de Palma ha instado al gabinete autonómico a dictar un nuevo acuerdo que faculte a Bauzá si su pretensión pasa por llevar a delante una demanda de protección de derecho al honor.

Así lo ha acordado la jueza durante la audiencia que este martes ha tenido lugar en el Juzgado a raíz de la demanda que Bauzá, a través de la Abogacía de la Comunidad Autónoma, presentó contra el líder sindical y UGT por haberle llamado "fascista", entre otros improperios, a pesar de que el acuerdo adoptado por el Consell de Govern el pasado mes de febrero no le habilitaba para acudir a la vía civil como tampoco a ejercer acciones contra el sindicato.

Durante la audiencia, a la que han sido convocados tanto la Abogacía autonómica como el representante legal de Bravo, Pablo Alonso de Caso, éste ha puesto de manifiesto que el Consell de Govern únicamente autorizó a los jurídicos de la Comunidad a iniciar acciones en materia penal ante la presunta comisión de un delito de injurias contra el presidente, pero no a interponer una demanda civil, con la que Bauzá reclamaba una indemnización de 6.000 euros.

De esta forma, la magistrada ha dado 'in voce' un plazo de diez días a la Abogacía para que presente un nuevo acuerdo del Consell de Govern que le faculte a iniciar acciones por vía civil si así lo considera el presidente, tal y como exige la Ley.

De hecho, en el escrito que presentó Alonso de Caso en contestación a la demanda de Bauzá, al que tuvo acceso Europa Press, el letrado ya alegaba la falta de capacidad procesal del dirigente del PP para interponerla, puesto que el acuerdo del Consell autorizaba a la Abogacía a iniciar acciones penales a través de una denuncia o querella. "Lo primero que ha de constatarse es que la persona interesada ha solicitado realmente la tutela judicial", aseveraba.

Es más, el abogado mantiene que el acuerdo tampoco facultaba a los servicios jurídicos del Govern a demandar a UGT, pese a que así lo hicieron en representación de Bauzá, como también se les daba permiso a iniciar acciones legales "sólo por las manifestaciones públicas en las que [Bravo] calificó al presidente de fascista", y no por otras manifestaciones que la Abogacía autonómica incluyó en la demanda.

En concreto, las presuntas calificaciones de Bravo se produjeron después de que el Ejecutivo balear acordase reducir el número de liberados sindicales al mínimo legalmente establecido, tras lo cual, según la demanda de Bauzá, el sindicalista pronunció "unas graves manifestaciones" tanto a sus consellers como a él mismo" por las que reclama una indemnización de 6.000 euros o la cantidad que "prudencialmente fije el juez".

"BAUZÁ LLAMÓ FASCISTAS A UNOS CIUDADANOS QUE SE CONCENTRABAN"

Sin embargo, Alonso de Caso, tras aseverar que las manifestaciones mentadas en la demanda "no atentan contra el derecho al honor" del mandatario balear, apelaba a distintos artículos de la Constitución referentes a la libertad de expresión y recordaba que el propio Bauzá, con ocasión de las distintas concentraciones que se produjeron a su paso por varios municipios, llamó "fascistas" a los ciudadanos que protestaban, cuando "el honor de los ciudadanos está por encima del de los políticos, según abundante y pacífica jurisprudencia".

El letrado, amparándose a lo largo de su escrito en numerosa doctrina judicial, concluía que debe "prevalecer el derecho a la libertad de expresión en un Estado democrático de Derecho que debe gozar de sus máximas garantías" y no debe "ser restringida cuando la libertad de expresión va dirigida a informar a la ciudadanía sobre asuntos de interés público en relación con la acción de gobierno emprendida por políticos, impidiendo de este modo la crítica y el debate político-procesal".

Bauzá no podía demandar ni a Lorenzo Bravo ni a UGT