viernes. 29.03.2024

Los trabajadores del sector del metal de Balears podrán cobrar unos atrasos retributivos del 1,7% por la revisión salarial del año 2010 pactada en el convenio colectivo gracias a una sentencia del Tribunal Supremo que ha estimado la demanda de conflicto colectivo interpuesta por los sindicatos UGT, CCOO y USO contra la Federación Balear de Industrias del Metal.

Así, el sindicato UGT ha mostrado su satisfacción porque la sentencia dictada el pasado diez de diciembre por la Sala de lo Social del Tribunal Supremo permita que los trabajadores del metal puedan ver mejorado su poder adquisitivo en estos momentos de grave crisis económica.

Las razones que llevaron a los sindicatos UGT, CCOO y USO a interponer la demanda de conflicto colectivo derivan de la diferente interpretación que sindicatos y patronal hicieron del artículo 35 del convenio colectivo del sector del metal del archipiélago.

Mientras que los sindicatos defendían que la revisión salarial del año 2010 debía ser del 1,7%, la Federación de Industrias del Metal entendía que debía aplicarse el 1,2%.

Finalmente, el Tribunal Supremo ha dado la razón a los representantes de los trabajadores tras la desestimación de la demanda de UGT, CCOO y USO por parte de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares.

Las empresas del metal de Baleares tendrán que abonar atrasos salariales a unos 6.000...