viernes. 29.03.2024

El Juzgado de Lo Social número 2 de Palma ha desestimado la demanda presentada por el antiguo director gerente del Teatro Principal, Guillem Román, contra la Fundación Teatro Principal, en la cual reclamaba el pago de dos cantidades económicas de 12.158 y 2.285 euros, respectivamente, sumando un total de 14.443 euros.

En un comunicado, el Consell de Mallorca ha informado de que la defensa del demandante alegaba que su representado tenía derecho a la percepción de este dinero al no haberse respetado, a su entender, el plazo de tres meses de preaviso antes de concretarse el cese, razón en la cual sustentaba la primera reclamación económica de 12.158 euros. Al mismo tiempo, exigía una indemnización de 2.285 euros por desistimiento.

En cambio, en la resolución judicial, el magistrado Alejandro Roa estima que el exalto cargo del Teatro Principal no tiene derecho a percibir estas compensaciones, dado que el contrato laboral que subscribió el 25 de febrero de 2009 especifica, en su cláusula tercera, que la relación de trabajo adquiría una duración temporal condicionada por la finalización de la legislatura institucional 2007-2011.

Así, la institución insular ha recordado, tal y como también se refleja en la sentencia, que las elecciones llevadas a cabo el 22 de mayo de 2011 supusieron un cambio político en el Gobierno del Consell de Mallorca, y a raíz de la nueva composición de la institución, se conformó, en concreto el 25 de julio, un nuevo Patronato de la Fundación Teatro Principal.

En esta misma fecha, la Fundación procedió a comunicar a Guillem Román la conclusión de su periodo contractual y, posteriormente, el día 1 de agosto designó una nueva directora gerente.

Concretamente, el magistrado fundamenta su resolución en el hecho de que el contenido de la cláusula tercera del contrato, que el demandante aceptó y firmó voluntariamente en su día, es suficientemente explícita a la hora de dilucidar la cuestión planteada, en la medida que establece una duración temporal concreta de la relación de trabajo que unía al Teatro Principal con su antiguo director gerente.

Por otro lado, la sentencia recoge el hecho de que, a lo largo del periodo de transición hasta la fecha de la conclusión del contrato, el demandante rubricó documentos en calidad de director gerente en funciones.

Esta circunstancia hace patente, según consta en la resolución judicial, que el exalto cargo era perfectamente consciente de la provisionalidad de sus funciones.

Eximen al Teatro Principal de abonar una compensación de 14.443 euros a su antiguo...