sábado. 20.04.2024

El Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ha desestimado la demanda interpuesta por Francesca Jaume Soler, quien fuera directora de Gabinete, Comunicación y Marketing de la Radiotelevisión balear, IB3, durante la pasada legislatura y principios de la actual, quien reclamaba su readmisión en el Ente público, o por el contrario fuese indemnizada con 28.044 euros por su despido en noviembre de 2011 y 31.260 euros por los salarios dejados de percibir desde su cese. La exuemita ahora es redactora del digital del imputado Antoni Martorell.

[pullquote]Alega que se trataba de un cargo de confianza cuyo contrato estaba condicionado a la duración del "mandato de un cargo político"[/pullquote]

La sentencia dictada por la Sala de lo Social de la máxima instancia judicial de las islas, da la razón a IB3 al alegar que el despido de Francesca Jaume Soler no puede ser calificado como improcedente, puesto que su contrato tenía una duración determinada vinculada "al mandato de un cargo político", en relación al entonces director general del Ente, Antoni Martorell.

El tribunal revoca de este modo la resolución que en primera instancia estimaba la demanda de la exdirectiva, recalcando que en caso de "variar los responsables últimos de la acción de gobierno", es "razonable y natural que se sustituyan asimismo los sujetos a quienes aquéllos encargan la superior materialización de su política" y que este tipo de personal "pueda ser removido libremente del mismo modo que fue nombrado", salvo que "el nuevo responsable político mantenga tal confianza" con esa persona.

La Sala apunta que en el propio contrato de la demandante, en su cláusula adicional primera, establecía que éste obedecía a una duración determinada, condicionada al mantenimiento de la confianza por parte del exdirector general, incidiendo en esta misma línea en que la relación laboral de la extrabajadora se extinguió al amparo del artículo 49.1.b) del Estatuto de los Trabajadores, es decir, "por las causas consignadas válidamente en el contrato".

Por su parte la representación procesal de IB3, que recurrió en súplica la sentencia dictada en primera instancia, alegaba que el contrato era de alta dirección puesto que ostentaba el cargo de directora de Gabinete, Comunicación y Marketing, al tiempo que formaba parte de los comités de Dirección, Gestión, Antena y Radio, con un salario de 149,5 euros al día, correspondiente al nivel 0 de retribuciones, relativo a los puestos de alta dirección.

Tal y como señala la sentencia, que fundamenta su argumentación en numerosas sentencias anteriores, la relación laboral entre las partes se instrumentalizó en julio de 2007 a través de un contrato con categoría de responsable de gabinete técnico, por obra y servicio, durante la vigencia de Martorell como director general. Posteriormente pasó a ejercer funciones de directora de coordinación de la gestión del Ente.

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