jueves. 28.03.2024

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears ha dictado una sentencia que desestima el recurso presentado por el ex president del Govern Jaume Matas y confirma la sentencia dictada por el Tribunal del Jurado, en la que se le condenaba por el delito de cohecho.

La sentencia no es firme. Cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

El Magistrado-presidente del Tribunal del Jurado condenó a Jaume Matas, en la sentencia que ha sido confirmada en todos sus extremos, como responsable de un delito de cohecho en concepto de autor, a tenor de lo dispuesto en el párrafo primero del artículo 28 del Código Penal, por su directa y material realización o perpetración de los hechos, sin la concurrencia de la circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal, a la pena de tres meses de multa con cuota diaria de 100 euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas, y al pago de las costas procesales. Se decretaba el comiso de los 42.111.13 euros obtenidos.

Los hechos juzgados se refieren a la contratación la mujer de Jaume Matas por un hotel de Palma.

La Sala Civil y Penal del TSJIB confirma la condena a Jaume Matas por cohecho