viernes. 29.03.2024

La COAPA Baleares, interpondrá ante el Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares un recurso contencioso administrativo contra la orden de desarrollo del decreto del TIL.

Esta demanda estaba pendiente de las conclusiones de un informe jurídico que había encargado a la UIB.

El informe de la UIB, sobre la orden de la Consellería de Educación, de 9 de mayo, por la que se desarrollan determinados aspectos del TIL en los centros docentes no universitarios, concluye que en el procedimiento de su elaboración falta el informe preceptivo de algunos órganos e instituciones consultivas.

"Esta carencia constituye un vicio relevante del procedimiento afecta a la validez de la norma reglamentaria", destaca.

Sobre la habilitación de la consellera de Educación, Joana Maria Camps, para dictar la orden analizada, el informe dice que debe entenderse que el decreto Ley 5/2013 agota su vigencia en el curso 2013-14 por voluntad del autor de la disposición, con lo que esta orden "es inválida ya que no tiene habilitación para regular la materia a la que se refiere".

La implantación de un sistema integrado de lenguas que impone una extranjera como vehicular para la enseñanza de disciplinas no lingüísticas "no encaja con los principios fundamentales de la enseñanza plurilingüe que establece la Lomce, que es norma básica del Estado aprobada y publicada antes del inicio de la tramitación de la orden", añade.

El documento precisa que el principio de universalidad del TIL impide que los centros puedan tomar decisiones, según sus necesidades, sobre el desarrollo y complemento de su currículum "dada la rigidez y detallismo sobre la determinación horaria en relación a las lenguas en que se ha de impartir la docencia".

También según la UIB, si la normativa autonómica genera desequilibrios respecto a la regulación básica del Estado y no se corrige, se vulnera el principio de igualdad.

La orden contradice la ley de normalización lingüística de rango superior, con lo que afecta también al principio de jerarquía normativa, lo que provocaría la nulidad de pleno derecho de los preceptos afectados.

"Una cosa es la convivencia de dos lenguas en plena igualdad jurídica y la otra dar el mismo tratamiento a las dos, cuando una de ellas no está en plena igualdad con la otra", incide el documento.

Ante esta exposición de motivos, COAPA, "considera necesario emprender actuaciones ante los tribunales", ya que "queda bastante claro, que esta orden tiene graves carencias que afectan a su legalidad".

La COAPA recurre la orden del TIL con un informe demoledor de la UIB