jueves. 28.03.2024

La Audiencia Provincial de Baleares ha confirmado que sea un jurado popular el que juzgue a los trece encausados del conocido como caso Peaje, impulsado a principios de 2009 en torno a un presunto perjuicio de 42 millones de euros del Consell de Mallorca durante la ejecución del desdoblamiento de la carretera Palma-Manacor, así como la supuesta utilización a nivel particular de materiales destinados a estas obras.

Se trata de unos hechos por los que la Fiscalía Anticorrupción imputa a todos ellos delitos de malversación de caudales públicos, cohecho, falsedad documental y fraude a la administración.

El tribunal de la Sección Segunda ha desestimado de esta forma los recursos que interpusieron algunos de los imputados contra el auto dictado en primera instancia por la titular del Juzgado de Instrucción número 5, Ana San José, que acordó transformar estas pesquisas de cara a su enjuiciamiento por un jurado popular. Según las defensas, la causa debía ser juzgada por un tribunal profesional.

En concreto, entre los imputados se encuentran el exconseller insular de Obras Públicas y Carreteras Antoni Pascual, el exdirector de este ramo Gonzalo Aguiar, el exdirector de Obra por parte del Consell Francisco Orejudo, y varios de los responsables e integrantes de la UTE encargada del proyecto, considerada la infraestructura estrella del mandato de Unió Mallorquina (UM) al frente de la Institución entre los años 2003 y 2007, cuando el organismo estaba presidido por Maria Antònia Munar.

Las defensas alegaban que en el relato de hechos que la magistrada realizaba en su auto de transformación apuntaba a la posibilidad de que algunos de los imputados hubieran incurrido en un delito de prevaricación -ilícito cuyo enjuiciamiento debe ser llevado a cabo por parte de magistrados- si bien sin imputarles formalmente el mismo. Por el contrario, los delitos que sí les son atribuidos son competencia del tribunal del jurado.

Al respecto, la Audiencia les recuerda que el delito de prevaricación requiere del dictado de una resolución arbitraria en un asunto administrativo, por lo que "la acción definida por las defensas" en el marco de esta causa no tiene tal consideración. "Ni hay resolución ni puede afirmarse que debió dictarse una omitida deliberadamente", incide.

Por tanto, determina que "los hechos punibles señalados en la resolución impugnada pueden ser constitutivos de los delitos de malversación, cohecho, falsificación documental y fraude a la administración. No de prevaricación".

Según la Fiscalía, después de que el Consell contratase en junio de 2004 a la empresa Pamasa para llevar a cabo los trabajos de desdoblamiento -habiendo sido constituida un mes antes y que a su vez subcontrató los trabajos a la UTE investigada-, los exaltos cargos se prevalieron de su posición en la Administración así como del control directo sobre las obras que se iban ejecutando y sobre el presupuesto destinado a las mismas para llevar a cabo las supuestas irregularidades.

Así, postula el Ministerio Público, se apoderaron de los fondos del Consell al llevar a cabo obras de reforma en sus domicilios utilizando para ello empresas de la UTE que facturaban a ésta los trabajos particulares; exigieron comisiones a cuenta de los gastos de parte de las obras, y posibilitaron que no se cumpliera lo exigido en los pliegos del concurso hasta provocar, presuntamente, un perjuicio de 41,9 millones de euros que redundó en el beneficio económico de los exaltos cargos y de la empresa adjudicataria.

699.000 EUROS PARA UN CHALET QUE DISFRAZARON DE TEMPLO CHINO

Entre los gastos cargados al Consell se encuentran los 699.087 euros que costaron las obras de una edificación levantada en el municipio de Búger, que según las investigaciones es un chalet levantado con fondos públicos a pesar de que varios imputados defienden que se trata de un templo chino construido con donaciones privadas.

De hecho, Francisco Orejudo y otros encausados aseguraron en el marco de esta causa que este templo de meditación fue construido gracias a las donaciones de los socios de la entidad de filosofía china Pachi Tanglang -a la que pertenecen-. Unas justificaciones que la jueza califica en su auto de "surrealistas" como lo son, añade, las declaraciones de los testigos que "dicen haber aportado fondos, algunos desde Taiwán, para construir el templo a fin de que descanse en él un maestro de la organización".

"Además, añaden otra justificación igual de increíble como es que se iba a donar la casa a la asociación, aunque no el terreno" -perteneciente a la mujer de Orejudo, también imputada-, añade la magistrada.

LAS DEFENSAS NIEGAN UN DESVÍO DE FONDOS PÚBLICOS

Frente a todo ello, los abogados de los imputados en el marco de esta causa, cuya operación policial se saldó en marzo de 2009 con la detención de un total de 16 personas, niegan que se produjese un desvío de fondos públicos a fines particulares y que el supuesto desfase repercutiese en las arcas del Consell, al defender que la adjudicación de los trabajos recayó en manos de la empresa Pamasa y fue posteriormente cuando esta sociedad subcontrató las obras a la UTE.

En concreto, los trabajos corrieron a cargo de la UTE Desdoblamiento C-715 (integrada por las empresas Melchor Mascaró, Electro Hidráulica, Obras y Pavimentos MAN, Aglomsa, Itinere Infraestructuras, MAB y Sacyr).

Un jurado popular juzgará a los 13 imputados del caso Peaje