jueves. 28.03.2024

El premio será de propiedad exclusiva de cónyuge que compró el décimo del Sorteo Extraordinario de la Lotería de Navidad si el matrimonio es en separación de bienes, mientras que si el matrimonio se halle en régimen de gananciales y uno de los cónyuges sea agraciado en el Sorteo de la Lotería, el dinero obtenido como premio tendrá carácter ganancial, es decir, que será de los dos.

Por otra parte, si los cónyuges se hallan en medio de un proceso de separación, previo al divorcio, y uno de ellos ha comprado un décimo de Lotería que ha resultado agraciado en el sorteo, en ese caso el premio será propiedad del cónyuge que ha adquirido el décimo, según la Jurisprudencia del Tribunal Supremo.

En caso de separación, ¿quién se queda con el premio?