viernes. 19.04.2024
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El GOB ha constatado este lunes que la Dirección General de Agricultura ha sacado una propuesta de Decreto que pretende dar competencias urbanísticas a la Administración Agraria, con el que se "puede exonerar" de cumplir parámetros urbanísticos a nuevas edificaciones agrarias o complementarias, edificaciones objeto de legalizaciones, ampliaciones o reformas y cambios de usos de edificaciones existentes para destinarlas a actividades cicloturísticas.

Así, según exponen los ecologistas en un comunicado, tan sólo con la presentación de una memoria agronómica para un nuevo proyecto de nuevas edificaciones agrarias o complementarias, edificaciones objeto de legalizaciones, ampliaciones o reformas y cambios de usos de edificaciones existentes para destinarlas a actividades agroturísticas, la dirección general "pueda decidir que no es necesario que se cumpla con la normativa urbanística".

Por este motivo, "desde el GOB insistimos, que en ningún caso, un informe sectorial puede suponer la exención de las condiciones urbanísticas que para la correspondiente actuación regula el planeamiento de ordenación territorial o urbanístico aplicable", apuntan desde la entidad ecologista al respecto.

"EL DECRETO DA CONTINUIDAD AL MODUS OPERANDI DEL GOVERN DE BAUZÁ"

Con todo, insisten en que "si ya hicimos criticar duramente las leyes del Govern Bauzà, precisamente por pretender asumir las competencias urbanísticas desde las Consellerias de Turismo y Agricultura, de la mano de Carlos Delgado y Gabriel Company , respectivamente, ahora debemos decir que este Decreto no hace más que dar continuidad a este modus operandi que responde a las presiones de los sectores por no someterse a las reglas del juego urbanístico, con la excusa de la dinamización y necesidad de inversión y edificación en su sector correspondiente", han argumentado al respecto.

Ante ello, desde el GOB remarcan que las reglas del juego urbanístico "deben ser las mismas para todos" y que las actuaciones de edificación, construcción o instalación, sean o no de nueva planta, vinculadas a la actividad agraria o complementaria "se sujetarán a lo que determina la legislación urbanística", los instrumentos de ordenación territorial y el planeamiento urbanístico municipal, de acuerdo con lo previsto en la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo y la Ley 6/1997, de 8 de julio, del suelo rústico de Baleares.

GOB acusa al Govern de querer evitar que los agroturismos cumplan la normativa urbanística