viernes. 29.03.2024

La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears ha dictado una sentencia en la que estima sólo en parte el recurso de apelación interpuesto por la expresidenta del Consell Insular de Mallorca y de Unió Mallorquina Maria Antonia Munar contra la sentencia del Tribunal del Jurado referente al cohecho de Can Domenge; y revoca parcialmente la sentencia apelada. El tribunal declara NO probado que Munar recibiera por el cohecho una suma superior a la de Bartomeu Vicens y Miquel Nadal.

La Sala condena a Munar, como autora de un delito de cohecho previsto y penado en el artículo 419 del Código Penal, apreciando la circunstancia atenuante de reparación del daño, a una pena de 2 años y 6 meses de prisión; a una pena de multa de 5 millones de euros; más inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de ocho años.

Los magistrados desestiman los restantes pedimentos del recurso y mantienen inalterada la sentencia apelada en cuanto al resto. La resolución, notificada este jueves a las partes NO es firme, cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo. 

El TSJB estima 'solo en parte' el recurso de Munar por Can Domenge