jueves. 28.03.2024

La Conselleria de Trabajo y Formación crea un fondo para conceder préstamos a las personas afectadas por expedientes de regulación de ocupación que no hayan cobrado ni salarios pendientes ni prestación de desempleo.

También se concederá a las personas despedidas de manera individual que lleven más de cuatro meses sin percibir el sueldo o la prestación correspondiente

La Conselleria de Trabajo y Formación, coordinada con la Conselleria de Economía, ha creado un fondo de adelantos reintegrables destinado a ayudar a aquellas personas que sufren una situación de emergencia económica y social a causa de haber perdido el trabajo y que, eventualmente, no quedan protegidas por las prestaciones de desempleo.

En esencia, se crea un fondo, con la colaboración de entidades financieras de las Illes, para aliviar de manera eventual la situación económica en que viven estas personas. Las cantidades recibidas (en principio se estima un mínimo de 624 euros y un máximo de 2.400 euros por persona beneficiada, aportadas en un solo pago) se tendrán que devolver en un amplio plazo de tiempo, una vez que las personas beneficiarias sean perceptoras de las prestaciones de desempleo u obtengan una nueva ocupación.

El objetivo no es otro que conseguir que estas personas con déficits económicos muy graves puedan afrontar las cargas familiares o el mantenimiento propio de manera eventual. De esta manera, desde el Govern se quiere atender a aquellas personas que se encuentren inmersas en un procedimiento de extinción de su relación laboral que se alargue en el tiempo más de lo que sería deseable, como también aquéllas otras cuyo despido ha sido precedido de un grave incumplimiento en el pago del salario por la empresa de procedencia.

En general, el fondo beneficiará a las personas que no perciben, eventualmente, ninguna prestación por desempleo, a pesar de estar en situación legal de recibirla.

Se distinguen dos grupos:

Por una parte, las personas afectadas por un expediente de regulación de ocupación en la situación de concurso de acreedores, cuando la empresa no haya pagado los salarios durante tres meses antes de declararse la situación de concurso y cese en su actividad.

El segundo colectivo, lo conforman las personas afectadas por despidos individuales en aquellos casos en que se vean obligada a reclamar individualmente su situación legal de desempleo y tengan que esperar un plazo superior a cuatro meses.

La prestación se tendrá que devolver en un plazo máximo de tres años desde el momento en que se reconozca el derecho a la percepción de las retribuciones contributivas o asistenciales o en que se obtenga un trabajo retribuido. Se procurará que la persona beneficiaria no tenga que abonar ningún tipo de interés siempre que devuelva el préstamo durante el plazo indicado. Asimismo, este adelanto podrá ser percibido de forma íntegra por todas las personas de una misma unidad familiar.

El Govern ayudará a las personas despedidas que lleven más de cuatro meses sin percibir...