viernes. 29.03.2024

Las compañías aéreas están obligadas a abonar a los pasajeros afectados por la cancelación de sus vuelos debido a la nube de ceniza provocada por el volcán islandés Eyjafjalla los gastos de manutención y hotel ocasionados por el aplazamiento del transporte aéreo a su punto de destino, según recordó este lunes el Instituto Nacional de Consumo, dependiente del Ministerio de Sanidad y Política Social.

Los viajeros deberán guardar las facturas de hotel y manutención para poder reclamar a las aerolíneas, que están obligadas por la reglamentación de transporte aéreo a cubrir este tipo de gastos, señaló Consumo, que insta a los afectados a denunciar el incumplimiento de las aerolíneas de la obligación de informar acerca de estos derechos.

En este sentido, Consumo recordó que, según la normativa comunitaria, los usuarios afectados tienen derecho a recibir información de las compañías aéreas (por ejemplo, sobre sus derechos, sobre la situación a medida que evoluciona, las cancelaciones y la duración de los retrasos); a recibir atención (refrescos, comidas, alojamiento, según proceda); y a elegir entre el reembolso del billete o el transporte alternativo hasta su destino final.

Así, incidió en que, en caso de no ser atendidas estas denuncias por las propias aerolíneas, los viajeros afectados podrán presentarlas ante la Agencia Española de Seguridad Aérea (AESA) y/o las autoridades de Consumo.

Según el Reglamento (CE) 261/2004, si el viajero se ve afectado por un retraso de 3 ó más horas para vuelos intracomunitarios de más de 1.500 kilómetros o no intracomunitarios entre 1.500 y 3.500 kilómetros, de 4 ó más horas para el resto de los vuelos de más de 3.500 kilómetros, el transportista aéreo esta obligado a ofrecer gratuitamente a los pasajeros afectados comida y refrescos suficientes, en función del tiempo que sea necesario esperar al transporte alternativo ofrecido por la compañía aérea.

"Si la hora prevista de salida es como mínimo al día siguiente de la salida programada del vuelo --recoge también el mencionado Reglamento-- el transportistas está obligado a ofrecer gratuitamente a los pasajeros alojamiento en un hotel y transporte entre el aeropuerto y el lugar de alojamiento".

Los afectados por el volcán pueden reclamar gastos de alojamiento