jueves. 28.03.2024

El Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ha confirmado la condena de dos años de prisión y cuatro de inhabilitación impuesta contra el ex concejal de Urbanismo del Ayuntamiento de Palma, Javier Rodrigo de Santos, por un delito continuado de malversación de caudales públicos en clubes de alterne y casas de masaje, debido a que el recurso de apelación que en un principio anunció su defensa contra la sentencia finalmente no fue sustanciado, según señaló su letrado, José Ignacio Herrero.

De este modo, el TSJIB ha declarado desierto el trámite para la impugnación de la condena y por tanto ha devenido firme la sentencia dictada el pasado 24 de septiembre por parte del magistrado Carlos Izquierdo, presidente del tribunal del jurado que juzgó al ex edil, quien en la actualidad se encuentra en prisión a la espera de que el Tribunal Supremo decida sobre los trece años y medio de cárcel que la Audiencia Provincial le impuso por abusos sexuales a menores.

No obstante, Herrero explicó que en próximos días pedirá la suspensión de la pena al tratarse de una condena menor a dos años de prisión, lo que se encuentra establecido en los artículos 80 y siguientes del Código Penal, que determinan como condiciones necesarias para suspender la ejecución que el condenado haya delinquido por primera vez; que la pena impuesta no sea superior a los dos años de cárcel, y que se hayan satisfecho las responsabilidades civiles derivadas del proceso.

Tal y como relata la sentencia, De Santos, aprovechando su cargo como presidente de la Empresa Municipal de Obras y Proyectos Urbanos (EMOP), utilizó la tarjeta municipal de esta compañía "en su propio beneficio y sin intención de devolver las cantidades" defraudadas. Entre los locales donde se produjeron los dispendios se encuentra el local de masajes Casa Alfredo, donde De Santos gastó en su propio beneficio más de 48.800 euros.

Sin embargo, la resolución emitida por el juez, en la que se tienen en cuenta las atenuantes de reparación del daño y de drogadicción solicitadas -junto a la de confesión- por la defensa, considera probado que el 13 de marzo de 2008, antes de que fuese iniciado el proceso judicial contra el ex regidor, reintegró a las arcas municipales 50.804 euros como cantidad total que había desviado y que en el momento de los hechos el ex edil era adicto a la cocaína.

Cabe recordar que el proceso judicial contra De Santos se inició el 13 de marzo de 2008 a de una querella interpuesta por la Fiscalía. Durante el juicio, celebrado del 14 al 16 de septiembre del pasado año en la Audiencia Provincial de Palma, el acusado alegó que el dinero que desvió era "por desgracia para pagar droga" ya que su adicción "lo es a la droga, no al sexo".

Sin embargo, ésta no es la única causa por la que ha sido juzgado y condenado el ex concejal, ya que el pasado mes de octubre el presidente de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial le impuso trece años y medio de privación de libertad por abusos sexuales a menores, tras lo cual el tribunal decretó su ingreso en prisión sin fianza ante un "elevado y patente riesgo de fuga". Su letrado recurrió en casación ante el Supremo la sentencia de la Audiencia.

Mientras tanto, en diciembre el titular del Juzgado de Instrucción número 7 de Palma, Antonio Garcías, archivó la causa en la que se encontraba imputado el ex edil por la adjudicación del castillo de juegos infantiles del Parc de Sa Riera, al no aparecer "debidamente justificada" la perpetración de los delitos que habían dado lugar a la apertura del procedimiento.

El Tribunal Superior confirma la condena de dos años de prisión contra Rodrigo De Santos