jueves. 28.03.2024

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que establece medidas para paliar el problema de los desahucios para las personas en riesgo de exclusión social. La reforma se completa con un Código de Buenas Prácticas.

La vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, ha explicado que los destinatarios de la medida son aquellas familias que cuentan con una única vivienda, tienen a todos sus miembros en el paro y no tienen ingresos. La cuota hipotecaria no puede exceder el 60% de sus ingresos.

Se establecen unos baremos de precio de adquisición de esas viviendas: para las ciudades de más de un millón de habitantes: 200.000 euros; 180.000 en las de medio millón y 150.000 en las de más de 100.000 habitantes.

Sáenz de Santamaría ha detallado que para las familias en el umbral de exclusión el interés moratorio aplicable será el resultado de sumar a los intereses pactados en el préstamo un 2,5% sobre las cantidades debidas y no pagados. Asimismo, ha señalado que se reforman los procedimientos de ejecución extrajudicial para que sean "más ágiles, más baratos y más transparentes".

Código de Buenas Prácticas

El Real Decreto Ley incorpora un Código de Buenas Prácticas a su texto que establece varias fases para evitar los desahucios: la reestructuración de la deuda, la quita de parte de la hipoteca y, como último recurso, la dación en pago.

La vicepresidenta ha indicado que en la primera fase se establece un periodo de cuatro años de carencia en el pago de capital, se amplia el plazo de vigencia de la hipoteca hasta los 40 años y se limitan los tipos de interés a Euribor + 0,25. Si el deudor está en una situación económica que le impide afrontar estas condiciones se prevé como segundo proceso de reestructuración la posibilidad de quita de parte de esa hipoteca con arreglo a una serie de cálculos porcentuales que se establecen en el Real Decreto Ley.

En el caso de que el deudor no pudiera hacer frente a ese programa de restructuración y su situación fuera inviable se prevé la dación en pago, la entrega de la llaves de la vivienda para liquidar la deuda.

Soraya Sáenz de Santamaría ha indicado que, ante esta situación, está previsto que durante dos años prorrogables el inquilino pueda pueda quedarse en alquiler en esa vivienda que ha entregado en pago pagando un interés limitado, que supone aplicar a lo que le quedaba de la deuda un porcentaje del 2%.

La vicepresidenta ha subrayado que las entidades bancarias podrán adherirse de forma voluntaria al Código pero, una vez suscrito, es de obligado cumplimiento y se podrá invocar ante los tribunales. Además, se creará una comisión de seguimiento que semestralmente publicará un informe actualizado sobre su cumplimiento.

El Gobierno aprueba medidas de apoyo a los deudores hipotecarios sin recursos