jueves. 28.03.2024

El juzgado número 10 de Palma en una sentencia dada a conocer el pasado viernes ha dado la razón a la demanda interpuesta en nombre de dos personas mayores de 75 años, que perdieron gran parte de sus ahorros al confiar en los consejos de la entidad financiera que les aconsejó adquirir participaciones preferentes de Royal Bank of scotland.

En una sentencia extensa y detallada el Magistrado Víctor Heredia del Real realiza un profundo análisis de la situación actual de la jurisprudencia y de las obligaciones que tienen las entidades financieras a la hora de colocar productos de inversión a sus clientes.

Una de las cuestiones que se discutieron es si la entidad demandada una entidad de Banca privada asesoró o no a los clientes o simplemente se limitó a atender una orden que le dieron los clientes. En el procedimiento la entidad demandada BANCO POPULAR BANCA PRIVADA se desmarcó de sus obligaciones para con sus clientes, señalando que la entidad no asesoraba sino que se limitó a atender las órdenes de los clientes quienes fueron los que de la noche a la mañana decidieron pasar de ahorrar en plazos fijos a querer la contratación de una emisión de un banco extranjero por un importe conjunto de 450.000 euros.

Desde ACUIB aconsejan a todos los clientes de banca privada que extremen aún más sus cautelas porque si algo nos ha demostrado la crisis financiera es que la inmensa mayoría de los productos más tóxicos, complejos y que han generado mayores pérdidas son los que se han colocado a través de las oficinas de Banca Privada quienes han vulnerado las leyes de la estadística al conseguir colocar productos de todas las entidades que han quebrado en los últimos años, Lehman, Landsbanski, Kaupthing, Mein Land, Royal Bank of Scotland etc etc.

Hace unas semanas debido a la evolución de la cotización del Banco Sabadell los titulares de participaciones preferentes de la CAM podrían recuperar su dinero. Por lo que respecta a los titulares de participaciones preferentes que tienen su patrimonio comprometido hasta dentro de diez años caso de las participaciones de la Caixa, o a perpetuidad como las de REPSOL, o en el caso de Bankia cabe la posibilidad de reclamar de igual modo el auxilio judicial (aunque en el caso de Bankia habrá que esperar cual es el canje que se propondrá para determinar el alcance de las pérdidas).

Un juzgado de Palma declara nula la orden de compra de preferentes