jueves. 28.03.2024

la Comisión Europea ha impuesto una multa de 561 millones de euros a Microsoft por no ofrecer en su momento la Ballot Screen (pantalla de elección de navegadores) en un total de más de veintiocho millones de ordenadores debido a un error técnico de los ingenieros del gigante, los cuales dejaron de ofrecer esta característica en el Service Pack 1 del sistema operativo Windows 7.

El vicepresidente de la Comisión y responsable de Competencia, Joaquín Almunia, ha declarado que "En 2009 cerramos, aceptando los compromisos propuestos por Microsoft, una investigación sobre sospechas de abuso de posición dominante en la venta conectada de Internet Explorer con Windows. Los compromisos jurídicamente vinculantes incluidos en nuestras decisiones juegan un papel muy importante en nuestra política de aplicación de las normas antimonopolio, pues permiten encontrar soluciones rápidas a los problemas de competencia. Evidentemente, las decisiones de este tipo deben respetarse rigurosamente. El no respeto de las mismas supone una infracción muy grave que debe ser sancionada en consecuencia ".

Microsoft viola el acuerdo del año 2009, donde presentó ante la Unión Europea un acuerdo con el cual daría al usuario en Europa a los propietarios de ordenadores con sistemas operativos Windows, la opción a través de un menú que muestre la elección del navegador a descargar. Entre los diferentes navegadores y más conocidos, se incluye Opera, Safari, Google Chrome, Mozilla Firefox y también el navegador de Microsoft: Internet Explorer. Este acuerdo, fue la solución presentada por el gigante en respuesta ante la acusación de la empresa noruega, Opera Sotfware la cual acusaba a Microsoft de vulnerar las leyes antimonopolio al incluir su navegador Internet Explorer en los sistemas Windows, lo que se consideraba una ventaja comercial frente a los demás competidores que desarrollaban los otros navegadores de la competencia. Al incluir la Ballot Screen en los sistemas Windows se ofrece el usuario la elección del navegador, y se da a los desarrolladores en los sistemas Windows las mismas oportunidades que al ofrecer Internet Explorer solamente.

Esta es la primera vez que la Comisión debe sancionar una empresa por no respetar una decisión sobre compromisos adquiridos. Para determinar el importe de la multa, la Comisión ha tenido en cuenta la gravedad y la duración de la infracción, la necesidad de conferir un efecto disuasorio a la sanción y, en tanto que circunstancia atenuante, el hecho de que Microsoft ha cooperado con la Comisión y le ha entregado las informaciones que han ayudado a dirigir la investigación de forma eficiente.

La Comisión Europea impone una multa de 561 millones de euros a Microsoft