viernes. 29.03.2024

Una trabajadora acusa a Nutriben, la empresa "líder en alimentación infantil" de despedirla por quedarse embarazada y tras su baja maternal.

La demandante, Esther Cariguela, demanda por daño moral y perjuicio patrimonial por 6.251 euros a cada uno de los codemandados, ALTER FARMACIA, S.A., nombre comercial “NUTRIBEN”, Enrique Alonso Jentoft, en su condición de Consejero Delegado de “NUTRIBEN” y a David Luís Jornet, en su condición de jefe superior jerárquico de zona. por despido nulo, por vulneración del derecho fundamental a la dignidad de la persona, al derecho de igualdad y no discriminación, por incumplimiento grave de la ley de igualdad efectiva entre mujeres y hombres y la conculcación lel convenio colectivo de comercio.

La empresa acusa a la despedida de inventarse una promoción de productos Nutriben, y la cita en un hotel para que una tal Paquita de RRHH le indique: “Emitir abonos falsos es un delito, la empresa estudia interponer acciones penales por esos hechos, si quieres, te parece bien, lo podemos evitar firmando la carta de despido y ya está o con la baja voluntaria, eso como tu quieras, y nos olvidamos del tema”.

Para los denunciantes aquí se destapa que la empresa es consciente de que el despido es ilegal y pretende a toda costa viciar su consentimiento, haciéndo a la despedida firmar conforme la carta de despido, e incluso que le firmara un documento de baja voluntaria.

Esther explica en la demanda que las promociones comerciales fueron indicadas por la empresa a través de su superior jerárquico. Que dicha circunstancia quedará acreditada en el momento procesal oportuno por cuanto pediatras y farmacéuticos ya han mostrado su solidaridad con la dicente y depondrán en el sentido de que dichas promociones comerciales fueron ofertadas por su superior jerárquico SR. JORNET en nombre y representación de la empresa, si bien en compañía de la dicente.

La demanda cuenta como el superior jerárquico de la mujer despedida fue la persona que la mandó a que pusiera en marcha dichas promociones, de hecho le indicó que en Barcelona también estaban realizando la promoción “bolsa Nutriben”. Sin consideración de numerus clausus, su jefe ofertó junto a la dicente las promociones señaladas en la carta extintiva la propietario del grupo farmacéutico “Farminut” (18 farmacias), siendo que con el objetivo de cerrar dicha oferta comercial la engatusaron con un ágape en un restaurante en Puerto Portals.

Siguiendo esta trama el jefe superior jerárquico de zona de trabajo de Esther, en ocasión de visitar su zona de influencia (IB) la acompañaba a visitar a los clientes más importantes a los cuales les ofrecía dicha promoción, hecho no controvertido en la carta de despido.

Por tanto, según la demanda, se demuestra que no es cierto, como afirma la empresa, que no tuvieran noticia de dichas circunstancias en el sentido de las promociones comerciales por cuanto en atención a las normas a las que quedaba sujetas la dicente quedaba obligada diariamente a dar parte del trabajo realizado, sin perjuicio de que las promociones fueron diseñadas por la empresa.

Tras lo explicado el abogado Pablo Alonso del Caso y la defendida tienen claro que la verdadera causa del despido la constituye el hecho de que Esther es una mujer trabajadora de reciente maternidad, y al insinuarle al empresario de la circunstancia de que se había asesorado en el sindicato al que pertenece, UGT, sobre su derecho a reducir y concretar mi horario, y en el entendimiento de que le iba a traer complicaciones sus circunstancias de madre trabajadora, ha decidido despedirla.

Acusan a Nutribén de despedir a una trabajadora por quedarse embarazada