jueves. 28.03.2024

El Partido Popular ha presentado una denuncia ante la Junta Electoral contra la campaña desarrollada por la Federació d’Associacions de Pares y Mares d’Alumnes (FAPA Mallorca) en su web y redes sociales. Entre las alegaciones aportadas para valoración de la Junta Electoral, se halla la presentación de la campaña, denominada “Pensa-hi”, el 9 de abril, el pleno periodo electoral, en la que además se afirma que “a partir de hoy se hará una campaña informativa presidida por el símbolo de un dedo con un cordel verde para que la comunidad educativa no olvidamos todos los eventos terribles de estos 4 últimos años".

El Partido Popular expone razones por la que defiende la libertad de expresión, pero asegura que en este caso se trata de una campaña orquestada contra el PP en la que además, solicita que no se le vote. En opinión del PP, para hacer campaña política deben convertirse en actores políticos, y esta federación no lo es.

En las alegaciones de la denuncia, el PP explica que la FAPA desarrolla una serie de “acontecimientos terribles” y realiza además una comparativa entre los datos que atribuyen al Pacte de Progrés, todos favorables, y los datos del PP, “todos negativos en materia de inversión en educación y en tasa de abandono escolar”.

La campaña incluye fotografías de actuales candidatos al Parlamento y al Ayuntamiento de Palma pertenecientes a partidos políticos que en su momento integraron el llamado Pacte de Progrés, todos ellos apoyando la campaña y exhibiendo el símbolo del cordel verde (símbolo de la campaña). Aparecen Francina Armengol, candidata del PSIB-PSOE al Parlament, así como Hila, candidato del PSIB-PSOE a la Alcaldía del Ayuntamiento de Palma; y Noguera, candidato de MÉS a la alcaldía de dicho Ayuntamiento.

Según argumenta el PP en su exposición, el artículo 50 de la LOREG, incluido en la sección de Disposiciones Generales sobre la campaña electoral, establece en su apartado 5º que “salvo lo dispuesto en el apartado 1 de este artículo, ninguna persona jurídica distinta de las mencionadas en el apartado anterior podrá realizar campaña electoral a partir de la fecha de la convocatoria de las elecciones, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 20 de la Constitución”. Por tanto, no pueden realizar actividades de campaña electoral más que las entidades a que se refiere el artículo 50 de la LOREG en sus párrafos primero y segundo. Ello sin perjuicio de derecho a la libertad de expresión. La cuestión estará, por tanto, en delimitar el concepto de campaña electoral respecto del ejercicio del derecho a la libertad de expresión.

En este sentido, el Partido Popular expone varios precedentes en los que este tipo de campañas fueron consideradas ilegales, y por tanto, fueron prohibidas.

Por último, el Partido Popular considera que la campaña excede la libertad de expresión ya que su finalidad, reconocida expresamente, es la de incidir en el voto de los electores, en contra de una opción representada por un concreto partido, que es el PP, y a favor de otros concretos partidos, como son los que en su momento integraron el llamado PACTE DE PROGRÉS durante la legislatura 2007-2011 (excepto la extinta UM).

Todo ello con la pretensión, también admitida, -continua la denuncia- de que por aquellos llamados a votar el próximo 24 de mayo no se olviden los hechos que la FAPA califica de terribles y que se enumeran a lo largo de los documentos que integran la campaña, de forma que su voto se decante por las opciones representadas por partidos como el PSIB-PSOE y MÉS per Mallorca-PSM-Entesa-Iniciativaverds, la imagen de cuyos candidatos se favorece.

Solicita por todo ello, la prohibición y suspensión de la campaña “Pensa-hi” desarrollada por la FAPA.

El PP denuncia ante la Junta Electoral la campaña de la FAPA “Pensa-hi”