sábado. 20.04.2024

Dicta un auto en el que limita la suspensión cautelar de la orden que fija el currículum a los dos artículos referidos a esta asignatura

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justícia de les Illes Balears ha dictado un auto en el que acuerda que el Govern debe restituir de forma inmediata la oferta obligatoria y elección voluntaria por parte de los alumnos de la asignatura de religión en el primer curso de Bachillerato mientras se tramita el procedimiento instado ante esta Sala por la Diócesis y el Obispado de Mallorca, que cuestiona la regulación de esta materia.

El auto se dicta en la pieza separada de medidas cauteladísimas, referida a dicha pieza principal.

La Sala acuerda mantener la suspensión cautelar de dos artículos del Decreto 35/2015, que establece el currículum de Bachillerato en Balears, en concreto los artículos 10 y 11, que regulan que la asignatura de religión queda excluida de la oferta religiosa de los centros educativos. Levanta la suspensión del resto del decreto impugnado por el Obispado.

La Sala acuerda que la restitución de la oferta de religión debe darse a conocer y debe otorgarse un plazo extraordinario para elegir, si así lo deciden los alumnos, dicha asignatura.

El Tribunal Superior decide restituir la obligatoriedad de la religión en Bachillerato