viernes. 29.03.2024

Los trabajadores por cuenta propia podrán desgravarse gastos como el agua, gas, luz o teléfono

Llegan buenos tiempos para los trabajadores por cuenta propia tras la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) que contradice el criterio seguido hasta ahora por Hacienda, para que los autónomos que trabajan desde casa puedan desgravarse en su declaración de la renta gastos como la luz, el agua, el gas o el teléfono. Eso sí, siempre y cuando el declarante pueda demostrar que el consumo deducible responde a la actividad económica

La resolución del TEAC, del pasado 10 de septiembre es vinculante para la Administración y de obligado cumplimiento por lo que se estima que la Agencia Tributaria emita en breve, una instrucción interna para que los funcionarios sepan cómo actuar a partir de ahora.

Actualmente, Hacienda ya permitía que el trabajador por cuenta propia que desarrolla su actividad en su domicilio particular pudiera deducirse en su declaración los gastos derivados del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), la tasa de basuras o la cuota de la comunidad propietarios, en función de los metros cuadrados de la vivienda que el contribuyente destina a la actividad profesional. Eso no cambia, sin embargo ahora y con esta resolución, se da un paso más hacia la idoneidad de trabajar en casa.

No obstante, los expertos advierten de que esta resolución del TEAC puede generar más litigios entre los autónomos y la Agencia Tributaria por cuánto ésta se acoge al hecho de que no existe una regla nacional para determinar qué parte de los suministros se utilizan para fines particulares y qué parte a la actividad profesional.

Buenos tiempos para los autónomos