viernes. 29.03.2024
Hospital de Inca Pediatría Simebal
Hospital de Inca Pediatría Simebal

El Sindicato Médico de Baleares (Simebal), ha posibilitado la reapertura del Servicio de Pediatría del Hospital de Inca, derivado al hospital de referencia Son Espases, por una decisión del Govern, “tras más de tres años de lucha sindical” y de “duras negociaciones” con la Administración autonómica, según han explicado los delegados sindicales, Antonio Salvà y Juan Urieta, que recuerdan que la Justicia “nos dio la razón” tras la interposición de un contencioso-administrativo contra esta medida.

Así, el nuevo servicio permitirá a los usuarios de la Sanidad pública de la comarca de Es Raiguer y otros municipios, no tener que desplazarse hasta Palma para acudir al pediatra, puesto que habrá dos facultativos que cubrirán el servicio las 24 horas del día. Otro factor añadido es que los especialistas visitarán a menores de hasta 14 años de edad.

Antecedentes

El Tribunal Superior de Justicia de Illes Balears anuló, en una sentencia con fecha de 20 de octubre de 2015, el Plan de Ordenación de Recursos Humanos (PORH) del Hospital de Inca, mediante el cual se suprimía el Servicio de Pediatría y se integraba (en una especie de fusión por absorción no regulada legalmente) en el Hospital de Son Espases.

En dicha sentencia, el alto Tribunal estimaba el recurso contencioso-administrativo presentado por el Dr. Daniel Hervás, a través del Servicio Jurídico del Sindicato Médico de Baleares (Simebal), contra esta medida.

El Dr. Antonio Salvá delegado sindical señaló entonces que “somos la única fuerza sindical dentro del sistema sanitario público de las Islas que ha actuado con toda la fuerza de la Justicia frente a esta medida, a la que nos opusimos desde el primer momento, por cuánto representa un agravio comparativo entre los usuarios de la Part Forana y de Palma”.

Así, a través de esta resolución judicial se crean dos servicios con Jefatura de Servicio independientes que, a juicio del Dr. Antonio Salvá, “repercutirá directamente en una mejor calidad asistencial de los pacientes”.

La sentencia estimó el primer motivo del recurso, sin entrar a analizar los otros cinco motivos articulados en el mismo; el fundamento de la anulación judicial se basa en que se trata de un PORH que no cumple los requisitos legales de globalidad exigidos en el Estatuto Marco, ya que no se trata de un instrumento básico de ordenación de los recursos humanos, sino que tiene un exclusivo carácter sectorial, puesto que afecta a un solo servicio. Un argumento ya esgrimido con anterioridad por el TSJIB para anular tres PORH que imponían la jubilación forzosa a los 65 años.

El Hospital de Inca ampliará el Servicio de Urgencias de Pediatría a partir del 1 de...