jueves. 28.03.2024

Artículo 155 a plazos

Todos opinamos de política, aún de no ser expertos en la materia, mayormente nos equivocamos al hacerlo y raras veces somos capaces de rectificar nuestra opinión,  presupongo que el error está servido y aceptaremos críticas y comentarios de los cuales seguro que aprenderemos algo.

La aplicación del artículo 155 de nuestra constitución en mi opinión ya debería de estar aplicado con todo el peso constitucional que conllevara.

Una minoría no puede ser secuestrador de una mayoría y saltarse a todas, todas, la legalidad institucional y máxime cuando en reiteradas ocasiones  se podía abrir conversaciones sobre esta cuestión espinosa e indiscutiblemente solucionable con la voluntad de ambas partes y con sacrificios alícuotas al efecto. Ni una parte ni la otra han tenido la lealtad suficiente para llegar a un entendimiento.

Siempre  en democracia existen normas y a ellas debemos someternos y en nombre de esta democracia, nadie absolutamente nadie puede saltárselas para establecerse su propia legalidad al margen de la general establecida y querer legitimar lo que no es legítimo con referéndums, que no son tales y proclamar algo que es ilegal y que además no se sabe que está instaurado, por el encaje de bolillos que se hace en el léxico y semántica usada, usado sin recato alguno como chantaje real y emocional.

No es consentible todo ello, en un estado de derecho no es de recibo y pienso que no caben tales prácticas ni pueden ser consentidas con pretexto alguno, quienes las ejecutan se están burlando de la inteligencia de muchísimos millones de personas y de sus propios seguidores y de los  directamente gobernados, vendiéndoles las mayores mentiras de la historia en todas sus facetas, dividendo conciencias, inculcando opiniones y medidas ilegales, haciéndose salva patrias y hundiendo a un país en la más negra miseria amordazados por la ultra izquierda antisistema con quien se mantiene el más ridículo pacto de gobierno entre una burguesía catalana histórica y una minoría antisistema y anti capitalista del más duro comunismo.

Aplíquese el artículo 155 de nuestra Ley de Leyes con la máxima contundencia posible, responsabilícese de este hecho a los que han provocado esta crisis y restablézcase la legalidad y una vez encauzado este proceso, trabájese para solucionar desavenencias y recondúzcase adecuadamente, todo ello sin que tiemble el pulso en ningún momento y que la justicia actúe libre e independiente en el esclarecimiento de los delitos en los que se haya incurrido.   No puede actuarse en este caso a plazos, todas las actuaciones posibles deben ser inmediatas, cuanto más se demora una solución mayor se vuelve el problema y ejemplos tenemos.

Artículo 155 a plazos