jueves. 28.03.2024

La Sección quinta de la Audiencia Provincial de Palma ha confirmado la condena por la que Volkswagen deberá pagar la cantidad de 500 euros a una cliente que en el año 2012 compró un vehículo modelo Tiguan que incluía software engañoso en los registros de emisiones contaminantes.

Así, la Audiencia desestima los recursos de apelación del concesionario AWAutos y de Volkswagen Audi España y confirma la sentencia de mayo de 2017 del Juzgado de Primera Instancia 17 de Palma.

De esta manera, la sección quinta de la Audiencia manifiesta también que los hechos no "tienen la entidad suficiente para resolver el contrato", como se pretendía en la denuncia inicial, pero sí a reconocer a la cliente "una indemnización por daño moral en la cuantía de 500 euros".

La Sala reitera, como ya se ha hecho en sentencias anteriores, que "no es objeto de controversia que el Grupo Volkswagen instaló un software que tenía como finalidad burlar el control de emisiones de NOx", sino que "también implica un engaño tanto a las autoridades de control, como al público en general, y a consumidores".

En la sentencia, se dice que "no puede considerarse ni falta de fundamento ni arbitraria" la indemnización lo que conlleva a la desestimación de la impugnación y que tampoco "cabe eximir de responsabilidad al concesionario demandado" porque fue el que "directamente vendió el vehículo".

Condena de 500 euros a Volkswagen por el 'dieselgate' a una cliente de Palma