viernes. 29.03.2024
En la imagen, la sede del Tribunal Superior de Justicia de Baleares
En la imagen, la sede del Tribunal Superior de Justicia de Baleares

La Audiencia de Palma ha condenado a 3 años de prisión por un delito de lesiones al portero de un local de copas de Sant Josep que lesionó gravemente de un puñetazo a un cliente alemán y a las aseguradoras del establecimiento y de la empresa del vigilante a indemnizar a la víctima con 323.948 euros.

Los hechos ocurrieron en torno a la medianoche del 16 de septiembre de 2013, a las puertas de un local en el que el acusado estaba trabajando como portero, cuando un hombre en estado de embriaguez que había sido desalojado anteriormente del establecimiento, insistió en volver a entrar, según declara probado el tribunal de la sección primera de la Audiencia de Palma.

Sabiendo que la capacidad de defensa del hombre "no suponía ningún peligro" debido a su estado de embriaguez y con intención de menoscabar su integridad física, el portero, que practicaba boxeo, "le propinó un puñetazo en la cara que hizo que perdiera el equilibrio y cayera desplomado golpeándose la cabeza contra el suelo, lo que le hizo perder la consciencia", según la sentencia.

Tras el golpe, el agresor y el coordinador de seguridad, desplazaron unos metros el cuerpo del cliente y llamaron a los servicios sanitarios.

El hombre, que tenía 46 años en aquel momento, sufrió un traumatismo craneoencefálico severo, fractura occipital, sepsis respiratoria y tromboembolismo pulmonar que requirieron su ingreso en la UCI, estancia hospitalaria, fisioterapia y psicoterapia.

Las lesiones tardaron en curar 520 días, cien de ellos de ingreso hospitalario.

Como secuelas sufre síndromes psiquiátricos, transtorno de la personalidad, síndromes neurológicos y motores, deterioro de algunas funciones cerebrales y limitación grave que impide una actividad útil de casi todas las funciones sociales e interpersonales diarias.

Además le ha quedado también una cicatriz de traqueotomía en la base del cuello, está incapacitado para trabajar y ha requerido tratamiento psiquiátrico y psicológico al presentar ideas suicidas.

La situación ha provocado "intranquilidad y alteración de ánimo" en su familia, especialmente en su pareja, que ha tenido que afrontar las obligaciones familiares.

Aunque el acusado negó haber agredido al hombre, el tribunal aprecia contradicciones en su relato respecto a los testigos y considera creíble la versión de la agresión aunque la víctima no recuerda lo ocurrido, porque ha sido acreditada por varios testigos.

Uno de los testigos contó en el juicio que vio al empleado de seguridad darle un puñetazo certero a la víctima, de tal entidad que lo levantó del suelo y que al caer provocó un fuerte ruido.

Decidió avisar a la policía porque le resultó "desagradable" la explicación que dio el personal de seguridad a los sanitarios de que la víctima se había caído al saltar una verja y porque además, antes del golpe, había oído al portero decirle a la víctima "buenas noches", algo que interpretó como si el agresor supiera que el golpe iba a hacer dormir a la víctima y que le causó "repelús".

Un policía contó durante el juicio que al llegar al lugar el médico y el encargado de seguridad le contaron que un vigilante había tenido una disputa con un cliente.

Los forenses confirmaron en el juicio que la caída que determinó la fractura craneal la causó un traumatismo previo de menor intensidad.

El tribunal considera que el acusado propinó un único golpe sin entender que provocar a la caída al suelo podía suponer que se fracturase el cráneo. La condena es por un delito de lesiones en concurso con lesiones imprudentes.

Para fijar la pena, el tribunal ha valorado que fue un solo golpe, el carácter gratuito de la agresión, la entidad de las lesiones derivadas del impacto y las provocadas a consecuencia de esa agresión; el tiempo de curación, la entidad de las secuelas y que el acusado tiene antecedentes por lesiones

La indemnización es de 37.948 euros por las lesiones, 280.000 euros por las secuelas y 6.000 euros por daño moral familiar

Indemnizan con 323.000 € a un turista por secuelas de un puñetazo de un portero