jueves. 28.03.2024

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH)  de Estrasburgo ha condenado a España a indemnizar a los jóvenes catalanes Jaume Roura Capellera y Enric Stern Taulats, a quienes la Audiencia Nacional impuso 15 meses de cárcel en 2008 por un delito de injurias a la Corona --una pena que fue sustituida por multa de 2.700 euros-- por quemar una foto de los Reyes tras una manifestación en Girona.

El Estado Español deberá devolver a cada uno el importe de dicha multa para cubrir el daño material que se les causó, y además indemnizarles conjuntamente con otros 9.000 euros por las costas. Considera vulnerado su derecho a la libertad de expresión protegido en el artículo 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (TEDH) tal y como habían alegado los jóvenes ante la Corte de Estrasburgo.

La condena se ha adoptado de forma unánime al entender el tribunal que la quema de las fotos no puede considerarse una manifestación del discurso del odio, mientras que la condena penal se estima desproporcionada a los hechos cometidos.

Los dos condenados pagaron en su día la multa, si bien al mismo tiempo recurrieron su condena ante el Tribunal Constitucional (TC), que rechazó concederles el amparo al entender que la libertad de expresión protegida por la Constitución tiene límites y "no reconoce un pretendido derecho al insulto". Esta decisión dividió al tribunal de garantías, cuatro de cuyos magistrados emitieron votos discrepantes.

Estrasburgo condena a España a indemnizar a los que quemaron fotos del Rey